Claves para Entender las Cotizaciones de la Seguridad Social

Actualidad

Claves para Entender las Cotizaciones de la Seguridad Social

Publicado por Kosmos

29 de abril de 2025

La Seguridad Social te permite acceder a ciertos beneficios como atención médica gratuita y prestaciones si quedas desempleado, pero para ello tienes que cotizar cada mes. Aquí te explicamos en qué consisten las cotizaciones.

En este artículo

La Seguridad Social es la forma que tiene el gobierno español de garantizar el bienestar de los ciudadanos. Se trata de leyes, instituciones y medidas tomadas para proteger a las personas de situaciones de vulnerabilidad, generalmente relacionadas con no poder trabajar por diversos motivos. La Seguridad Social se financia en parte con las contribuciones de empresas y empleados y en parte con el presupuesto del Estado.

Entre los principales beneficios de cotizar en la Seguridad Social están la atención médica gratuita y apoyo económico en diferentes situaciones: enfermedad o accidente, invalidez, maternidad o paternidad, viudedad u orfandad, subsidio por hijos, etc.

A continuación te explicamos qué son las cotizaciones y qué corresponde pagar, para que puedas entender lo que estás viendo cuando leas la sección de deducciones en tu nómina a fin de mes. Las deducciones se calculan antes de que recibas tu salario, así que nunca tendrás que preocuparte por ello, pero siempre es bueno estar informado.

 

Qué son las cotizaciones en la Seguridad Social

Las cotizaciones son el porcentaje del salario que la empresa y el empleado pagan a la Seguridad Social cada mes. Los tipos de cotizaciones y el porcentaje a pagar dependen del régimen de cotización. El más utilizado es el Régimen General, ya que es el que corresponde a los trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos tienen un régimen especial propio, al igual que los empleados del hogar y los trabajadores del mar y agrarios.

En el Régimen General hay 5 tipos principales de cotizaciones, cada una con un porcentaje diferente de la base imponible. En todos los casos la empresa contribuye la mayoría del dinero a cotizar y el empleado, solo un pequeño porcentaje del total. La excepción es FOGASA, la cual solo la empresa paga. Esta es la lista de tipos de cotización:

 

Contingencias

Empresa

Trabajadores

Total

Comunes

23,60%

4,70%

28,30%

Desempleo

5,5%

1,55%

7,05%

FOGASA

0,20%

0,20%

Formación

0,60%

0,10%

0,70%

MEI

0,67%

0,13%

0,80%

 

FOGASA es el Fondo de Garantía Salarial. Este es un organismo del gobierno que garantiza que los empleados reciban salario en caso de la empresa quede en bancarrota. El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) se calcula sobre las contingencias comunes.

 

Cómo se calculan las cotizaciones

Las cotizaciones se calculan tomando en cuenta el salario bruto mensual del empleado, más horas extra, pagas extra y vacaciones retribuidas que no haya aprovechado. La suma de todo esto se conoce como base de cotización. Los porcentajes expuestos en la tabla de arriba se calculan a partir de esa base.

Por ejemplo, supongamos que cobras 1.850€ brutos al mes. En ese caso, te correspondería pagar las siguientes cantidades:

  • 86,95€ por contingencias comunes (4,70% de 1.850€)

  • 28,68€ por desempleo (1,55% de 1.850€)

  • 1,85€ por formación profesional (0,10% de 1.850€)

  • 2,41€ por MEI (0,13% de 1.850€)

El total de esas cotizaciones es de 119,89€. Esta cantidad se le resta al salario bruto —al igual que las retenciones del IRPF— para formar tu salario neto. Por otra parte, a la empresa le correspondería pagar 565,55€ adicionales por ti. 

 

¿Cuándo tengo que comenzar a cotizar?

Toda persona que esté trabajando en España está obligada a cotizar. Esto incluye a empleados bajo el Régimen General y a Autónomos, pero también a los otros regímenes especiales de la Seguridad Social: empleados del hogar, trabajadores del mar y trabajadores agrarios. 

Esta obligación permanece desde que eres dado de alta en el sistema al inicio de la actividad laboral, hasta que eres dado de baja y la actividad finaliza. Si estás en baja por enfermedad, permiso de maternidad u otro motivo por el que no puedas trabajar temporalmente, igual deberás cotizar mensualmente. Adicionalmente, si estás desempleado pero recibes prestaciones, también deberás continuar cotizando, aunque solo por algunas de las contingencias.

Solo hay cinco situaciones en las que podrías estar exento de cotizar:

  • Si eres un estudiante realizando prácticas no laborales, aunque sean remuneradas

  • Si estás haciendo labores de voluntariado

  • Si estás desempleado y no recibes prestaciones por desempleo.

  • Si ya has alcanzado la edad de jubilación podrías estar exento parcialmente, aunque esto depende de tu situación laboral.

  • Si eres autónomo y tienes tarifa plana, podrias tener una cotización más baja o estar exento parcialmente, aunque depende de la situación.

 

Grupos de cotización y bases mínimas y máximas

Los grupos de cotización son establecidos por la Seguridad Social y sirven para clasificar a los empleados dependiendo del salario, su titulación y la actividad que realizan dentro de la empresa. Cada grupo de cotización tiene una base mínima y máxima, las cuales determinan cómo se calculan las cotizaciones para los empleados en ese grupo.

La Seguridad Social tiene establecidos 11 grupos de cotización. 7 de ellos tienen las bases computadas mensualmente y los restantes 4 grupos las tienen computadas diariamente.

 

Grupo

Descripción

Base Mínima

Base Máxima

1

Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.

1.929,00 € / Mes

4.909,50 € / Mes

2

Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados

1.599,60 € / Mes

4.909,50 € / Mes

3

Jefes Administrativos y de Taller

1.391,70 € / Mes

4.909,50 € / Mes

4

Ayudantes no Titulados

1.381,20 € / Mes

4.909,50 € / Mes

5

Oficiales Administrativos

1.381,20 € / Mes

4.909,50 € / Mes

6

Subalternos

1.381,20 € / Mes

4.909,50 € / Mes

7

Auxiliares Administrativos

1.381,20 € / Mes

4.909,50 € / Mes

8

Oficiales de primera y segunda

46,04 € / Día

163,65 € / Día

9

Oficiales de tercera y Especialistas

46,04 € / Día

163,65 € / Día

10

Peones

46,04 € / Día

163,65 € / Día

11

Personas trabajadoras menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional.

46,04 € / Día

163,65 € / Día

 

Las bases mínimas y máximas son los límites entre los cuales se calculan las cotizaciones. La base mínima significa que las personas en cada grupo tendrán sus cotizaciones calculadas a partir de ese importe, aunque ganen menos dinero. La base máxima significa que si tu salario es superior a esa cantidad, tus cotizaciones se calcularán solo sobre la importe máximo.

Por ejemplo, si perteneces al grupo 1 y ganas 1.700€, tus cotizaciones se calcularán con base en 1.929€, porque ese el mínimo para el grupo. En cambio, si ganas 5.500€, tus cotizaciones se calcularán con base en el máximo de 4.909,50€. 

 

La cotización adicional de solidaridad

Esta cotización entró en vigor a partir del 1 de enero de 2025 como una forma de que quienes tengan salarios muy altos contribuyan más a la seguridad social, sin tener que aumentar los límites máximos. Se trata de una cotización progresiva dividida en 3 tramos:

  • Tramo 1: Hasta 10% más de la base máxima

  • Tramo 2: Entre 10% y 50% más de la base máxima

  • Tramo 3: Más del 50% de la base máxima

Los tramos son acumulables, por lo que si ganas 80% más, deberás pagar un importe por el primer 10% adicional, otro por los siguientes 40% y otro por el 30% restante. Esta cotización está dividida entre la empresa y el trabajador, al igual que la mayoría de las otras cotizaciones.

También cabe destacar que los porcentajes de cada tramo irán aumentando en el tiempo. Se planea que para 2045 lleguen a ser 5,5%, 6% y 7% respectivamente, pero en 2025 serán de 0,92%, 1% y 1,17%.

 

Año

Tramo 1

Tramo 2

Tramo 3

2025

0,92%

1%

1,17%

2026

1,15%

1,25%

1,46%

2027

1,38%

1,5%

1,75%

2028

1,60%

1,75%

2,04%

2029

1,83%

2%

2,33%

2030

2,06%

2,25%

2,63%

2031

2,29%

2,5%

2,92%

2032

2,52%

2,75%

3,21%

2033

2,75%

3%

3,5%

2034

2,98%

3,25%

3,79%

2035

3,21%

3,5%

4,08%

2036

3,44%

3,75%

4,38%

2037

3,67%

4%

4,67%

2038

3,90%

4,25%

4,96%

2039

4,13%

4,5%

5,25%

2040

4,35%

4,75%

5,54%

2041

4,58%

5%

5,83%

2042

4,81%

5,25%

6,13%

2043

5,04%

5,5%

6,42%

2044

5,27%

5,75%

6,71%

2045

5,5%

6%

7%

 

Los porcentajes comprendidos en cada tramo significan que:

  • Para los salarios desde 4.909,51 € hasta 5.400,45€ se aplicará el porcentaje correspondiente al primer tramo

  • Para los salarios entre 5.400,46€ y 7.364,25€ se aplicará el porcentaje del segundo tramo

  • Para los salarios desde 7.364,26€ en adelante, se aplicará el porcentaje del tercer tramo.

Por ejemplo, si ganas 7.500€ al mes en 2025, deberás pagar 0,92% del dinero comprendido entre 4.909,51 € y 5.400,45€; 1% del dinero comprendido entre 5.400,46€ y 7.364,25€; y 1,17% del dinero entre 7.364,26€ y 7.500€. 

Esperamos que ahora entiendas mejor cómo funcionan las cotizaciones de la Seguridad Social y ya no te confundas al leer tu nómina. Si tienes cualquier pregunta, déjala en los comentarios.

Compartir artículo

Artículos relacionados

Comentarios

Este artículo aún no tiene comentarios. Sé el primero en comentar.

Añade un comentario

Responsable del tratamiento: KOSMOS EQAV, S.L.

Finalidad: Publicación de comentarios en el sitio web.

Base jurídica: Consentimiento del usuario.

Destinatarios: No se comunicarán los datos del usuario a terceros (salvo por obligación legal).

Derechos: Consultar, modificar, suprimir tus datos.

Puedes consultar nuestra política de protección de datos aquí