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Todo lo que necesitas saber para la renta de 2022
Publicado por Kosmos
01/03/2023 10:03h
Guía para que puedas sacar el mayor partido de la renta de 2022
En este artículo
El 11 de Abril se abre el plazo a través de internet para presentar la declaración de la renta de 2022. Para poder acceder a la plataforma de la agencia tributaria, tanto para el borrador como la presentación, seguirá siendo necesario el acceso de cl@ve pin que (tantos problemas ha dado) o certificado digital.
Aquí van una serie de consejos para no perder los nervios y aprovechar al máximo las deducciones fiscales del 2022:
¿Tengo que hacer la declaración de la renta?
No todo el mundo está obligado a hacer la declaración de la renta, esto depende de los ingresos obtenidos durante el año fiscal y el número de pagadores que hagan dicha declaración. Aquí están los límites por los cuales estás obligado a hacer la declaración
Número de pagadores
Ingresos iguales o mayores a
Un pagador
20.000€ anuales
Dos o más pagadores
14.000€ anuales cada uno
No cumplir los límites mínimos de la declaración de la renta sólo significa que no estás obligado legalmente a hacerla. Pero puedes hacerla. Y de hecho, dependiendo de tu situación, puede que incluso te interese hacerla ya que quizá te sale a devolver. Para ello te recomendamos que, tengas obligación a hacerla o no, mires siempre el borrador.
Alquiler de vivienda
- Si vives en un piso de alquiler, estás obligado a introducirlo en la declaración de la renta. Es un dato que muy raramente aparece y que mucha gente pasa por alto, pero dependiendo de la comunidad autónoma en la que vivas, puede comportar muchas ventajas fiscales. El resto de deducciones por alquiler fueron eliminadas en el año 2015. En el caso que dispongas de un contrato firmado antes del 2015 o un contrato de renta antigua, estas deducciones se mantienen.
- Si eres propietario de un piso puesto en alquiler para un inquilino y has realizado obras que mejoren el consumo energético de la vivienda, podrás deducirte entre un 20 y un 60% de los gastos.
Sistemas de previsión social
Si dispones de un plan de pensiones, podrás ahorrarte un porcentaje de dinero destinado a estos planes hasta el límite del menor de estos dos cálculos:
- 2.000€
- La suma del 30% de rendimientos del trabajo + rendimientos de otras actividades económicas.
ERTEs
En algunos casos, los ERTE derivados de la pandemia se han podido prolongar hasta marzo de 2022. Si has estado en un ERTE durante ese año (no en 2020 o 2021), deberás tenerlo en cuenta ya que los ingresos obtenidos de manera parcial por el SEPE no han sido objeto de retención.
Igualmente, tanto el año pasado como el anterior hubo muchos problemas con la tributación de los ERTE y es un tema aún por solucionar por parte de la administración.
Deducciones autonómicas
Cada comunidad autónoma aplica unas deducciones muy diferentes del resto.
Comunidad
Deducciones
Andalucía
- Inversión en vivienda habitual protegida y por las personas jóvenes
- Cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual
- Beneficiarios de las ayudas a viviendas protegidas
Aragón
- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos
- Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a dación en pago
- Arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador)
- Adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo
Asturias
- Adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad
- Arrendamiento de vivienda habitual
- inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida
- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales en riesgo de despoblación para jóvenes, familias numerosas y monoparentales
- Adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan familiares con discapacidad
Illes Balears
- Inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual
- Arrendamiento de vivienda derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales
- Arrendamiento de la vivienda habitual a favor de determinados colectivos
- Arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda (deducción del arrendador)
Islas Canarias
- Inversión en vivienda habitual
- Donaciones a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual
- Obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual
- Gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador)
- Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago
- Obras de adecuación de la vivienda habitual personas con discapacidad
- Desarraigo la erupción volcánica de la isla de La Palma
- Cesión de uso temporal y gratuita de inmuebles ubicados en la isla de La Palma
- Alquiler de vivienda habitual
Cantabria
- Contratos de arrendamiento de viviendas situadas en zonas en riesgo de despoblamiento y que constituyan o vayan a constituir la vivienda habitual del arrendatario
- Obras de mejora
- Arrendamiento de vivienda habitual jóvenes, mayores y personas con discapacidad
Castilla-La Mancha
- Arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años, familias numerosas/monoparentales o personas con discapacidad
- Adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales
- Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a dación en pago
Castilla y León
- Inversión en rehabilitación de viviendas de alquiler en zona rural
- Adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en zona rural
- Alquiler de vivienda habitual para jóvenes
- Adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual
- Inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a personas con discapacidad en vivienda habitual
Catalunya
- Rehabilitación de la vivienda habitual
- Alquiler de la vivienda habitual
- Tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual
Extremadura
- Arrendamiento de vivienda habitual
- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo
Galicia
- Obras de mejora de eficiencia energética
- Adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo
- Alquiler de la vivienda habitual
- Inversión climatización que emplee energías renovables/autoconsumo en vivienda habitual
Comunidad de Madrid
- Alquiler de la vivienda habitual
Región de Murcia
- Inversión en instalaciones de energía renovable
- Inversión en vivienda habitual
- Inversiones en dispositivos domésticos de ahorro de agua
- Inversión en vivienda habitual por menores de 35 años
La Rioja
- Adquisición o rehabilitación de segunda vivienda rural
- Inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años
- Adecuación de vivienda habitual para personas con discapacidad
- Arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años
Comunitat Valenciana
- Adquisición de su vivienda habitual contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años Obtención de rentas derivadas de arrendamientos de vivienda
- Obras de conservación o mejora en la vivienda habitual Arrendamiento de una vivienda en distinto municipio Obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual
- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas
- Adquisición de vivienda habitual personas con discapacidad Inversiones en instalaciones de autoconsumo y energías renovables
Loterías, donativos y emprendimiento
Desde el año 2017 existen exenciones para Loterías (hasta 40.000€) así como en donativos efectuados (a organizaciones no gubernamentales, partidos políticos, etc.) e inversiones en empresas de nueva creación.
Calendario de la renta 2022
- 11 de abril - 30 de junio: Abierto el plazo de presentación por internet.
- 5 de mayo - 30 de junio: Presentación telefónica de la declaración de la renta con cita previa (se podrá pedir cita desde el 3 de mayo).
- 1 - 30 de junio: Presentación presencial de la declaración de la renta en las oficinas de la agencia tributaria (se podrá pedir cita desde el 25 de mayo).
Podrás pedir la cita previa (ya sea para la presentación presencial o telefónica) en los números que ha habilitado la agencia tributaria: 915357326 o 915530071.
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